9/7/14

¿POR QUÉ PAGAR EL SUELDO MÍNIMO A LAS TRABAJADORAS DOMÉSTICAS?


Por Clyde Soto
El jueves 10 de julio de 2014 el Senado paraguayo tratará el Proyecto de Ley sobre Trabajo Doméstico, que contempla numerosos cambios en el régimen legal referido a este sector. Las modificaciones al proyecto original, acordadas por un amplio conjunto de organizaciones de la sociedad civil, representantes de entidades gubernamentales y con participación protagónica de las organizaciones de trabajadoras domésticas, equiparan los derechos de este tipo  de trabajo a los que goza cualquier otro trabajo en el Paraguay. Recordemos que hasta ahora, las trabajadoras domésticas no tienen varios de los derechos reconocidos a las demás personas trabajadoras, por ejemplo: no tienen limitada la jornada laboral a ocho horas máximas de trabajo, el piso salarial es del cuarenta por ciento del salario mínimo vigente, no tienen igual régimen de preavisos, ni gozan de igual inclusión ni beneficios ante el sistema de seguridad social, entre muchas discriminaciones más.
De aprobarse el proyecto con estas modificaciones, sería un avance importantísimo para la erradicación de la discriminación, aunque apenas un paso, pues todavía quedarían por delante el largo y a veces enredado proceso parlamentario y, más aún, la aplicación de la ley para que la igualdad sea real y efectiva. Debe recordarse que el Paraguay está obligado –por su Constitución y por numerosos instrumentos internacionales de derechos humanos– a garantizar la igualdad, a no discriminar y a impedir la discriminación. Nuestra Constitución es tajante: “No se admiten discriminaciones” (artículo 46). No hay situación alguna que justifique un trato diferenciado que reste derechos a personas o sectores, para dar privilegios a otros. Si el Senado paraguayo aprobara una nueva ley discriminatoria, actuaría de manera inconstitucional y contraria a los derechos humanos.
Sin embargo, en este tema se siguen escuchando argumentos que pretenden justificar la disminución de la aspiración igualitaria de las trabajadoras domésticas. En particular, la cuestión que saca ronchas al debate gira en torno a la equiparación salarial. Es necesario desmontar la batería argumental discriminatoria y reforzar la que sustenta la igualdad. Por ello, va el retruque de las razones que suelen ser esgrimidas en este debate:
Si quieren ganar igual que se califiquen: Se dice que quienes realizan trabajo doméstico no tienen la calificación suficiente para ganar el salario mínimo. Que deberían estudiar y especializarse si quieren llegar a eso. Sin embargo:
- El salario mínimo legal está establecido como un piso para la generalidad de las personas trabajadoras, sin que se precise calificación alguna para aspirar a este derecho, simplemente se debe realizar el trabajo para el cual se es contratado. A mayor calificación, en todo caso se debería esperar una mejor retribución, por sobre el mínimo legal. Pretender exigir a las trabajadoras domésticas estudios para aspirar al mínimo es ponerles una traba o requisito superior que no se solicita a las demás personas que trabajan. Y con este argumento se corre el riesgo de rebajar los derechos a los demás trabajadores y trabajadoras. Es una distorsión del concepto del salario mínimo y sería un retroceso de un derecho conseguido tras largas luchas de las y los trabajadores del mundo.
- Realizar las tareas del hogar exige una calificación invisible por haber sido atribuida de manera naturalizada a las mujeres, quienes desde pequeñas son enseñadas a ocuparse de las labores domésticas. El problema es que no se reconoce como trabajo digno lo que siempre se entregó de manera gratuita como parte de los arreglos e intercambios familiares.
- Cuidar de un hogar o cuidar de las personas, en especial cuando son niñas, niños o dependientes por cualquier razón, es una tarea muy delicada, que exige dedicación y confiabilidad. ¿Por qué atender papeles, objetos, dinero o lo que sea debería valer más? Hay una atribución de valores bastante retorcida detrás del concepto de que el trabajo doméstico “no vale lo mismo”.
Tienen beneficios adicionales: Se arguye que las trabajadoras domésticas reciben el beneficio de cama y comida como parte de sus retribuciones. Sin embargo:
- Si percibieran el salario mínimo podrían aspirar a tener un espacio propio y a comer en sus propias casas la comida que quieran, con autonomía y sin dependencia de lo que “les dan” sus patronas y patrones.
- Vivir en la casa de quienes les contratan no debería ser considerado un beneficio adicional para las trabajadoras domésticas; más bien, se trata de un extra pretendido por quienes quieren tener a plena disposición y en horarios extraordinarios a otra persona que les presta un servicio. El salario mínimo ubicará a esta situación en su lugar: tener a una persona trabajando de manera extraordinaria debería ser más costoso, caso contrario estaríamos ante un tipo de trabajo bajo condiciones análogas a la esclavitud.
Se van a quedar sin trabajo: Se dice que los hogares ya no podrán pagar a las trabajadoras domésticas y que por tanto muchas mujeres se quedarán sin trabajo. Sin embargo:
- La equiparación del salario mínimo exigirá un reacomodamiento de la situación, para que ya no sea posible que alguna gente pueda gozar de su propio derecho al trabajo, a la vida familiar y al descanso gracias a la explotación de otra persona. Como el trabajo doméstico es imprescindible (alguien lo realiza, sea del propio hogar o como trabajo remunerado), los hogares que no puedan pagar lo justo podrán realizar contratos por días y horas, y deberán redistribuirse internamente el trabajo doméstico restante. Esto exigirá que las mujeres –en especial– negocien dentro de sus hogares el asunto, de manera tal que no terminen siendo las únicas que cargan con todas estas tareas. Y precisará que los hombres dejen de considerarse seres privilegiados a quienes alguien debe servir en el propio hogar.
- El trabajo doméstico remunerado que deberá dejar de existir es el trabajo explotado y bajo condiciones paupérrimas.
- Un trabajo que pueda aspirar a ser reconocido debida e igualitariamente a través del salario, dejará de ser visto como servidumbre y podrá ser reconocido como lo que es: un trabajo digno.
Aumentará la pobreza: En consonancia con el argumento anterior, mucha gente sostiene que habrá más personas pobres en Paraguay, porque mucha gente se quedará sin trabajo. Sin embargo:
- Existen 219.427 mujeres trabajadoras domésticas, según datos de 2013, que representan un 16% de las mujeres ocupadas del país. Si estas personas trabajaran bajo condiciones dignas e igualitarias, podrían salir de la franja de pobreza, de la que casi sin dudas forman parte a causa de la discriminación.
- En el país existen 1.733.294 hogares. Si cada trabajadora doméstica trabajara en un solo hogar y todos los hogares no tuvieran más que una trabajadora contratada, estamos hablando de no más de 13% de los hogares del país, posiblemente concentrados en la franja de hogares de mejores condiciones económicas. Lo que de seguro disminuirá es la ganancia de tiempo y dinero de quienes disfrutan de mayor riqueza y realizan menos trabajo doméstico, debido a que pagan menos del salario mínimo a quienes trabajan en sus hogares. Es decir, antes que una medida de pobreza, esta debería ser considerada como una medida de redistribución del trabajo y de las ganancias percibidas en virtud de su ejecución.
La igualdad para el trabajo doméstico no es una opción para el Paraguay: es una obligación. Es una cuestión de justicia, es un imperativo de la democracia.

7/7/14

TRABAJADORAS DOMÉSTICAS RECHAZAN CUALQUIER INTENCIÓN DE REBAJAR SU DERECHO AL SALARIO MÍNIMO IGUALITARIO

Exigen que el debate sobre el Proyecto de Ley de Trabajo Doméstico se realice con sentido de justicia sobre los derechos de las trabajadoras.  

A través de una nota dirigida al titular del Congreso, senador Blas Llano, las organizaciones de trabajadoras domésticas urgen a los senadores y senadoras la aprobación del Proyecto de Ley de Trabajo Doméstico respetando el principio de igualdad. El referido proyecto sería tratado en plenaria este jueves 10.

“Consideramos que el empleo doméstico debe tener iguales derechos que cualquier otro tipo de trabajo, porque es un trabajo tan digno como cualquier otro”, expresa la misiva firmada por  Marciana Santander, de la Asociación de Empleadas del Servicio Doméstico del Paraguay (ADESP); Myriam Agüero, del Sindicato de Trabajadoras Domésticas del Paraguay (SINTRADOP); y Librada Maciel, del Sindicato de Trabajadoras Domésticas y Afines de Itapúa (SINTRADI).

Las trabajadoras resaltan que tomaron conocimiento de la intención de algunos legisladores que pretenden discriminar nuevamente el trabajo doméstico, en lo que respecta al salario mínimo vigente, que “reclamamos debe ser igual al que percibe cualquier otro trabajador o trabajadora”. En tal sentido, solicitan al titular del Senado que arbitre los medios pertinentes para que el debate en torno al proyecto se verifique en el marco del sentido de justicia.

El proyecto de ley fue presentado por el senador Derlis Osorio y establece el derecho a las ocho horas laborales, a la jubilación y al salario mínimo vigente, aspectos consensuados tras un estudio de una mesa interinstitucional, de la cual participaron las trabajadoras domésticas.

“Rechazamos que sigan pisoteando nuestros derechos, si van a modificar hacia algo que siga discriminando, que dejen nomás, esperamos mucho tiempo; si se va a hacer algo que se haga bien. Si la decisión será mantener la discriminación estableciendo un 60% del salario mínimo vigente no tienen nuestro apoyo, sigue siendo injusto”, Marciana Santander.

El trabajo doméstico remunerado es la segunda ocupación femenina en el Paraguay: actualmente más de 200 mil mujeres trabajan en este sector, lo que representa aproximadamente 18% de todas las mujeres ocupadas en la fuerza laboral del país.